Rectificación de datos en el DNI
Los ciudadanos peruanos mayores de edad (de 18 años a más) podrán rectificar los datos en su DNI como cambio de nombre, estado civil, dirección y firma en las Oficinas Consulares.
Requisitos
- Requisito 1: El trámite es personal.
- Requisito 2: Presentar documentos que sustenten la rectificación (los documentos requeridos se quedarán en el Consulado para su posterior envió al Registro Civil peruano):
CASO 1: Rectificación de Estado Civil
Si desea rectificar su estado civil, tenga en cuenta los siguientes requisitos.
De soltero a casado
- Presentar la partida de matrimonio ORIGINAL certificada por RENIEC o por la municipalidad que corresponda, en caso haya contraído matrimonio en el Perú.
- En caso que el matrimonio se haya realizado en uno de los estados de Massachusetts, Maine, New Hampshire o Vermont, primero deberá registrar dicho matrimonio en el Consulado y, una vez obtenida el acta de matrimonio peruana, podrá hacer el trámite de cambio de estado civil. Para mayor información sobre el registro de matrimonio, revise la sección “Registros Civiles” de nuestra página web de citas.
- Si el matrimonio se realizó fuera de la circunscripción consular del Consulado General del Perú en Boston, deberá presentar el acta de matrimonio estadounidense apostillada por la Secretaría de Estado del Estado donde se realizó el matrimonio o legalizada por el consulado peruano de la respectiva circunscripción consular.
- Si al momento de realizar este trámite su DNI ha vencido, deberá además entregar dos fotografías (02) RECIENTES (no más de 15 días de la toma), tamaño pasaporte, a colores, con fondo blanco, de frente, sin anteojos ni prendas en la cabeza, con el rostro totalmente descubierto, sin cerquillo (que se observen ambas cejas), y sin mostrar los dientes. No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
De casado a divorciado
- Presentar la partida de matrimonio ORIGINAL certificada por RENIEC, o la municipalidad que corresponda, en caso haya contraído matrimonio en el Perú, con la correspondiente ANOTACION DE DIVORCIO.
- Si contrajo matrimonio en los Estados Unidos y lo registró en el consulado peruano correspondiente, de existir una posterior sentencia de divorcio estadounidense, deberá solicitar un reconocimiento de sentencia extranjera ante el Poder Judicial en el Perú para que el divorcio tenga validez en el Perú.
- Si al momento de realizar este trámite su DNI ha vencido, deberá además entregar dos (02) fotografía tamaño pasaporte RECIENTES (no más de 15 días de la toma), a colores, con fondo blanco, de frente a la altura del medio tórax, expresión neutra, con el rostro totalmente descubierto, sin anteojos ni prendas en la cabeza ni cerquillo (que se vean ambas cejas y sin mostrar los dientes). No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
De casado a Viudo
Este trámite solo se realiza cuando el cónyuge fallecido era peruano.
- Presentar la partida de matrimonio ORIGINAL y la partida de defunción ORIGINAL del fallecido certificada por RENIEC, o la municipalidad que corresponda, en caso haya contraído matrimonio en el Perú.
- En caso que la defunción se haya producido en los estados de Massachusetts, Maine, New Hampshire o Vermont, primero debe realizar el registro respectivo en el Consulado y, una vez obtenida el acta de defunción peruana, recién podrá hacer el trámite de cambio de estado civil. Para mayor información sobre el registro de defunciones, revise la sección “Registros Civiles” de nuestra página web.
- Si la defunción se produjo fuera de la circunscripción consular del Consulado General del Perú en Boston, deberá presentar el acta de defunción estadounidense apostillada por la Secretaría de Estado donde se produjo el fallecimiento o legalizada por el consulado peruano de la respectiva circunscripción consular.
- Si al momento de realizar este trámite su DNI ha vencido, deberá además entregar dos (02) fotografía tamaño pasaporte RECIENTES (no más de 15 días de la toma), a colores, con fondo blanco, de frente a la altura del medio tórax, expresión neutra, con el rostro totalmente descubierto, sin anteojos ni prendas en la cabeza ni cerquillo (que se vean ambas cejas y sin mostrar los dientes). No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
CASO 2: Rectificación de nombres, fecha o lugar de nacimiento o nombre de los padres
Si desea rectificar sus nombres, fecha o lugar de nacimiento, o nombre de los padres, debe presentar la partida de nacimiento ORIGINAL certificada por RENIEC, o la Municipalidad que corresponda, en caso haya nacido en Perú.
Si al momento de realizar este trámite su DNI ha vencido, deberá además entregar dos fotografías RECIENTES (no más de 15 días de la toma), tamaño pasaporte, a colores, con fondo blanco, de frente, sin anteojos ni prendas en la cabeza, con el rostro totalmente descubierto, sin cerquillo (que se observen ambas cejas), y sin mostrar los dientes. No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
Si el nacimiento se produjo en un Estado de los Estados Unidos distinto a la jurisdicción del Consulado General del Perú en Boston debe presentar el acta de nacimiento estadounidense apostillada por la Secretaría de Estado en el Estado donde se realizó el nacimiento o legalizada por el consulado peruano de la respectiva circunscripción consular.
CASO 3: Rectificación de Domicilio
Si desea rectificar su dirección del Perú a una dentro de los Estados Unidos, o si desea modificar la dirección de Estados Unidos a una nueva dirección en el mismo país, solo deberá llenar el formulario que le será brindado el día de su cita en el Consulado General del Perú en Boston.
Si al momento de realizar este trámite su DNI ha vencido, deberá además entregar dos (02) fotografía tamaño pasaporte RECIENTES (no más de 15 días de la toma), a colores, con fondo blanco, de frente a la altura del medio tórax, expresión neutra, con el rostro totalmente descubierto, sin anteojos ni prendas en la cabeza ni cerquillo (que se vean ambas cejas y sin mostrar los dientes). No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
En caso que el cambio sea de una dirección en los Estados Unidos a una dirección en el Perú, debe adjuntar un recibo ORIGINAL de servicios (luz, agua o teléfono) del lugar donde va a residir en el Perú (no importa que su nombre no figure en dicho recibo) con una antigüedad no mayor a 6 meses.
CASO 4: Rectificación de Foto
Si desea rectificar su foto o firma en el DNI, debe traer dos fotografías RECIENTES (no más de 15 días de la toma), tamaño pasaporte, a colores, con fondo blanco, de frente, sin anteojos ni prendas en la cabeza, con el rostro totalmente descubierto, sin cerquillo (que se observen ambas cejas), y sin mostrar los dientes. No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
- Requisito 3: Pagar US$ 6.00 dólares para los 3 primeros casos y US$ 7.00 dólares para el cambio de firma o foto. El pago es en efectivo y monto exacto. Adicionalmente puede traer un sobre prepagado de USPS para que el documento sea enviado a su domicilio (Sobre de Priority Mail con Tracking Number. Cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del solicitante).
Información importante:
- El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
- El tiempo de entrega del DNI es de 12 a 16 semanas.
- Se recuerda que el pago por el trámite solo se realiza en efectivo (monto exacto).
- El tiempo de entrega varía entre 12 a 16 semanas. Para verificar si el documento ya se encuentra en el Consulado revise el siguiente enlace: https://www.consulado.pe/es/Boston/Paginas/Documentos-por-recoger.aspx
- El recojo del documento puede ser presencial o por correo postal. Para que el documento sea enviado a su domicilio, el día de su cita deberá traer un sobre prepagado (Sobre de Priority Mail con Tracking Number) y firmar un formulario de autorización que será proporcionado por el personal consular (Cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del solicitante).